miércoles, 5 de diciembre de 2012
Constitucionalismo español
La efeméride que mañana celebramos (38 aniversario), sobre la Constitución española, seguro que nos hace reflexionar sobre su contenido e importancia (o debería). Con frecuencia bajaramos el nombre y su contenido (desgraciadamente manoseado en términos negativos)sin profundizar demasiado en su significado, que sin calar muy hondo cualquiera apreciará que es muy elevado. Los seres humanos hemos sido capaces, desde nuestros orígenes, de realizar grandes obras materiales (calzadas romanas, catedrales, palacios, pantanos...,), y urdir grandes construcciones espirituales (religiones, filosofías...); sin embargo, hemos sido lentos y apocados en la búsqueda de soluciones políticas satisfactorias de convivencia: la mayor parte de nuestra Historia está plagada de tiranías y dictaduras, cesaratos, farones autoritarios, monarcas absolutos..., etc. Prácticamente la mayor parte de nuestro periplo en la tierra los hombres han estado -en su mayoría- sujetos al poder de unos pocos, al dictado de la violencia, de las armas y de la fuerza; subordinados, discriminados y sin principios reconocidos de igualdad, dignidad, etcétera. Hemos tenido que llegar hasta finales del s. XVIII (antesdeayer, prácticamente) para que se consoliden unas formas políticas nuevas que dieran lugar a eslabones liberales que nos ascendieran hacia principios democráticos (ya en el s. XX, y sin esas formas en buena parte del mundo). Las constituciones son en esencia esa pieza clave del edificio político contemporáneo en el que se empiezan a garantizar los derechos y deberes de los ciudadanos; las libertades, las formas de poder más satisfactorias en las que el Pueblo se erige como auténtico protagonista de la vida política. Vamos, un salto brutal en Historia, que si tuvo guiños en el mundo clásico (Grecia), distaba mucho de entenderse en los términos que hoy lo entendemos: con la igualdad jurídica de todos los individuos.
El constitucionalismo español (desde el s. XIX) proyecta sin embargo las limitaciones que también pueden tener las cartas magnas europeas, pues estuvieron (y están) muy condicionadas por las fuerzas políticas que actúan de fondo, que en definitiva viene a ser la capacidad formativa y cultural de los ciudadanos en construir modelos constitucionales más acabados, solidarios, equitativos y justos.
Azahara, Sandra, Ana y Teresa nos repasan los elementos esenciales y diferenciativos de los textos constitucionales españoles.